Normativa de Gastos de Enseñanza
Centro Universitario «Sagrada Familia» · Centro adscrito a la Universidad de Jaén. Aquí encontrarás, explicado con claridad, todo lo que necesitas saber sobre los gastos de enseñanza: cuánto, cómo y cuándo se paga, y qué situaciones especiales contempla la normativa.
La presente Normativa entra en vigor el día 1 de julio de 2026.
1Cuota de Matrícula a la Universidad
Toda la información sobre la matrícula a la Universidad de Jaén está disponible en:
2Cuota de Gastos de Enseñanza de Grado
La cuota de Gastos de Enseñanza para el curso académico 2026/2027 asciende a 51,5 € por crédito matriculado, en cualquiera de los títulos de Grado y/o menciones que se imparten en el Centro Universitario «Sagrada Familia».
Esta cuota da derecho a los/las estudiantes del Centro a:
- La asistencia a las clases.
- La evaluación de las asignaturas matriculadas en los distintos Planes de Estudio de las Titulaciones impartidas en el Centro.
- El uso de la biblioteca, siguiendo su normativa propia.
- La utilización de las instalaciones y la totalidad de los servicios que ofrece este Centro Universitario.
3Modalidades de pago de los Gastos de Enseñanza
Pago único
Se abonará en un único pago al comienzo del curso y siempre hasta el 16 de noviembre de 2026, de los créditos matriculados hasta ese momento.
Es responsabilidad de cada estudiante solicitar en la Secretaría acogerse a esta modalidad de pago cada curso académico.
Tres plazos
Las cuotas se cargarán en las respectivas cuentas corrientes en tres plazos:
- 1º plazo: hasta el 16 de noviembre de 2026
- 2º plazo: hasta el 15 de febrero de 2027
- 3º plazo: hasta el 14 de mayo de 2027
Nueve mensualidades
Pago en nueve meses, de octubre a junio. Las cuotas se cargarán en las respectivas cuentas corrientes el día 10 de cada mes.
En este caso, se sumarán 10 € más a la cuota correspondiente en el mes de octubre por gastos administrativos.
Los estudiantes que se acojan a la Modalidad de pago B o C deberán abonar los Gastos de Enseñanza obligatoriamente por el sistema de domiciliación bancaria. Para ello se facilitará a los estudiantes de nueva incorporación los correspondientes impresos de autorización bancaria (ver Anexo I de la Normativa), que deberán entregarse debidamente cumplimentados en la Administración del Centro.
Cualquier otra modalidad de pago deberá ser solicitada y pactada con la Administración del Centro.
4Estudiantes beneficiarios de Becas SAFA
Aquellos estudiantes que sean beneficiarios de las Becas SAFA, cuya cuantía no cubra el 100 % de los Gastos de Enseñanza, efectuarán los pagos correspondientes en las fechas indicadas en el apartado de modalidades de pago, según corresponda.
5Incidencias en operaciones bancarias
En cualquier caso, los gastos que generen las operaciones bancarias serán por cuenta de el/la estudiante.
El importe generado por las comisiones y gastos bancarios que tengan su origen en la devolución de los recibos emitidos por este Centro Universitario incrementará la deuda pendiente del estudiante.
Otra consecuencia de la devolución de recibos será el cambio en la forma de pago de las cuotas emitidas por este Centro por Gastos de Enseñanza: el estudiante, teniendo en cuenta las fechas establecidas en la Modalidad B (tres plazos), ingresará en la cuenta designada por el Centro Universitario los importes de los pagos pendientes para el presente curso académico.
6Cambios en domiciliación y plazos
Cualquier cambio en los datos de las domiciliaciones bancarias o en los plazos de abono de las cuotas deberá ser comunicado por escrito a la Administración del Centro Universitario «Sagrada Familia» con una antelación de al menos un mes a las fechas límite de las modalidades de pago.
De no ser así, los gastos bancarios ocasionados correrán por cuenta de el/la estudiante.
7Normas administrativas
- Quienes hubieran formalizado la matrícula se considerarán estudiantes de pleno derecho del Centro Universitario «Sagrada Familia». No obstante, deberán estar al corriente de sus pagos a efectos de que sus calificaciones puedan recogerse en las actas de las asignaturas de las que estuvieran matriculados/as. En el caso de no estarlo, se procederá a realizar el cierre del expediente. La reapertura de dicho expediente tendrá un gravamen de 55 €.
- La falta de asistencia a clase, esté o no justificada, no exime a el/la estudiante del abono de los Gastos de Enseñanza.
- El/la estudiante deberá estar al corriente del pago para la obtención de notas, certificados, traslado de expediente y Título.
- La formalización del proceso de Matrícula implica la aceptación por parte de el/la estudiante y sus responsables de todas las Normas establecidas por este Centro Universitario.
8Algunas situaciones especiales
Asignaturas en segunda y sucesivas matrículas aprobadas en la convocatoria extraordinaria de octubre
Aquellos estudiantes que ya hubieran estado matriculados en segunda y sucesivas ocasiones en una asignatura, y que presentándose a la convocatoria extraordinaria de octubre de 2026 hayan aprobado las asignaturas referidas, podrán ver reducida la cuota de Gastos de Enseñanza en el mismo número de créditos que los créditos aprobados. La reducción no tendrá efectos retroactivos y solo se aplicará en el plazo siguiente a la convocatoria en la que se haya producido el aprobado.
Los estudiantes matriculados en el Centro que se beneficien de algún tipo de intercambio de estudios universitarios (programas Sócrates-Erasmus, Sicue-Séneca u otros) deberán abonar la totalidad de los Gastos de Enseñanza de los créditos de los que se han matriculado.
Reconocimiento de créditos y convalidaciones
Aquellos estudiantes que se acojan al reconocimiento de créditos y/o a cualquier tipo de convalidación deberán pagar el 35 % de los Gastos de Enseñanza correspondientes a dichos créditos. Estos créditos serán reconocidos una vez que se haya realizado el pago de los mismos por parte de el/la estudiante.
Los créditos reconocidos que se hayan cursado en alguna de las Titulaciones de Diplomaturas de Maestro de Planes extinguidos y las Titulaciones de Grado en Maestro en Educación Infantil y en Educación Primaria impartidas en el Centro Universitario «Sagrada Familia» no tendrán ningún coste.
Aquellos estudiantes que procedan de la Universidad de Jaén y hayan solicitado un traslado de expediente para continuar la misma titulación en el Centro Universitario SAFA tendrán que abonar los gastos del reconocimiento de créditos.
La tasa a pagar por el estudio de convalidaciones será de 30 € en total. Este importe se deducirá de los Gastos de Enseñanza una vez matriculado/a.
Quienes se acojan al reconocimiento de créditos del Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil o de cualquier otro Ciclo Formativo de Grado Superior a alguna de las Titulaciones de Maestro impartidas en el Centro deberán pagar el 35 % de los créditos.
Familia numerosa
Los estudiantes que puedan acreditar pertenecer a una familia numerosa reducirán el importe total de los Gastos de Enseñanza en un 5 % (excepto los que ya hayan disfrutado de otra reducción). Para ello deberán comunicarlo cada curso académico al Centro Universitario.
Víctimas del terrorismo
Los estudiantes que acrediten ante el Centro Universitario la resolución administrativa del Ministerio del Interior por la que se les hubiera reconocido la condición de víctimas del terrorismo, de conformidad con lo previsto en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo (B.O.E. nº 242, de 9 de octubre de 1999), deberán abonar el 50 % del coste total de los Gastos de Enseñanza del título matriculado, siempre que hayan solicitado y no obtenido la Beca del Ministerio de Educación y Ciencia.
Víctimas de violencia de género
Las víctimas de violencia de género, a las que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, deberán abonar el 50 % del coste total de los Gastos de Enseñanza del título matriculado, siempre que hayan solicitado y no obtenido la Beca del Ministerio de Educación y Ciencia.
Quienes se acojan a esta disposición habrán de aportar resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra documentación acreditativa, en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituye el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.
9–10Anulación o renuncia a la matrícula y sus efectos
Los/las estudiantes podrán solicitar la anulación completa de la matrícula. La anulación supone el cese de los efectos académicos, con la consiguiente pérdida de los derechos a evaluación, y la obligación de satisfacer los precios públicos, salvo que proceda su devolución en los términos previstos reglamentariamente. En todo caso deberán satisfacerse los importes de Secretaría.
Las solicitudes de anulación se presentarán en la Secretaría del Centro. La fecha será la de recepción en la misma, haciendo constar la causa por la que se solicita.
Efectos según la fecha de solicitud
| Fecha de la solicitud | Efecto |
|---|---|
| Antes del 15 de noviembre de 2026 | Resolución favorable, sin requerir notificación al interesado/a. No se abonará ningún pago al Centro Universitario. |
| Entre el 15 y el 30 de noviembre de 2026 | Se denegará la anulación de las asignaturas del primer cuatrimestre. No obstante, se procederá a la anulación parcial de aquellas asignaturas cuya docencia se inicie en el segundo cuatrimestre. |
| Con posterioridad al 10 de marzo de 2027 | Se denegará cualquier solicitud de anulación total o parcial de matrícula. |
El resto de las solicitudes serán resueltas por el responsable del Centro. Cualquier solicitud de anulación se resolverá en un plazo de un mes; transcurrido dicho plazo sin recibir notificación, el interesado/a deberá entender aceptada la misma.
Se estudiarán las situaciones de carácter excepcional acompañadas de la documentación justificativa.
En todo caso, después de esa fecha, por aplicación del art. 90.1 de la Ley 4/1999, que modifica la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre (B.O.E. de 28 de diciembre), la Administración Universitaria admitirá en cualquier momento, previo a la celebración de exámenes, la renuncia al derecho que el/la estudiante tiene de comparecer a los mismos, con los efectos que determine la normativa de régimen académico y evaluación. Esta renuncia no podrá ser alegada como derecho para la devolución de los precios públicos ni de los gastos de enseñanza satisfechos. Asimismo, tampoco evitará el pago de los aplazados ni que en sucesivas matrículas se aplique la tarifa de la correspondiente convocatoria en que se formalice (segunda, tercera, etc.).
11Consecuencias del impago
- La solicitud de matrícula quedará admitida condicionalmente y, pasado el plazo para aportar la documentación requerida o el justificante de pago de los importes que sean exigibles, se supondrá el desistimiento de la solicitud inicial de matrícula, que será archivada con pérdida de las cantidades que se hubieran satisfecho hasta ese momento.
- No se admitirán sucesivas matrículas, ni se ejecutarán traslados de expediente en tanto no se haya acreditado el pago de las cantidades pendientes, pudiéndose además incrementar esta cantidad con el importe del interés de demora correspondiente y el recargo de apremio, en su caso, de impago parcial o total de la matrícula.
- La devolución de un recibo tendrá como consecuencia la desestimación de la solicitud de la matrícula, que será archivada, con pérdida de las cantidades que se hubieran satisfecho hasta ese momento.
12Programas de Postgrado y cursos de formación
- DECA: toda la normativa está disponible en decaonlinesafa.es
- Otros postgrados: consultar la oferta y el precio de los distintos cursos en cursospostgrados.com/cursos-y-postgrados
- Cursos de formación: la oferta de cursos puede consultarse en cursospostgrados.com/cursos-y-postgrados
13–14Interpretación y vigencia de la Normativa
En caso de duda en alguna de sus Normas, solo será válida y legítima la interpretación que desde la Administración del Centro Universitario «Sagrada Familia» se ofrezca del texto en cuestión.
La presente Normativa entrará en vigor el día 1 de julio de 2026.
Esta página reproduce el contenido de la Normativa de Gastos de Enseñanza para el Centro Universitario «Sagrada Familia» · Curso 2026/2027. En caso de discrepancia, prevalecerá el documento oficial (PDF) y la interpretación de la Administración del Centro.
Úbeda, a 1 de julio de 2026 · Fdo. Consuelo Burgos Bolós, Directora Adjunta · Fdo. Josefa Jiménez Expósito, Administradora.